Aprueba IECM universo de muestra para Conteos Rápidos en elección de alcaldes

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó, en sesión pública virtual, la Metodología del diseño muestral para estimar los resultados de la elección de las personas titulares de las Alcaldías de las 16 demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, el día de la jornada electoral del 6 de junio de 2021.

De acuerdo con el documento aprobado por unanimidad, se establece que la técnica de muestreo será el de muestreo aleatorio estratificado de casillas, y dicha estratificación estará basada en las circunscripciones de las demarcaciones territoriales, con lo cual los criterios estadísticos para la definición del tamaño de la muestra serán: con un error de estimación del 2% y un nivel de confianza del 95%.

El Consejero Electoral, Mauricio Huesca Rodríguez, presidente del Comité Especial que dará seguimiento a los programas y procedimientos para recabar y difundir tendencias y resultados preliminares electorales (COREPRE) para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, explicó que se partirá de un tamaño de muestra global que las condiciones operativas y financieras imponen para el total de las 16 demarcaciones territoriales, el cual es similar a 2015 y 2018, y la muestra para cada una de las demarcaciones, se obtendrá con base en un análisis de las estimaciones de las proporciones y sus varianzas en años anteriores.

Recordó que, en el Proceso Electoral Local 2017-2018, contando con un universo de 12 mil 976 casillas electorales instaladas en la Ciudad de México, el tamaño de la muestra ascendió a 1,694 casillas, equivalente a 13.05% del total de casillas instaladas, por lo que el universo de la muestra para los Conteos Rápidos de la elección del próximo 6 de junio será similar a esa cantidad, tomando como base el número de personas inscritas en la Lista Nominal de Electores de la Ciudad de México, con corte de fecha al 16 de abril de 2021, agrupadas en las casillas electorales para la elección de las personas titulares de las Alcaldías, y en cumplimiento con lo establecido en el artículo 373 del Reglamento de Elecciones.

El Consejo General aprobó además el Protocolo de selección, procedimiento de resguardo y periodo que ampara la custodia de la muestra de las casillas electorales para los Conteos Rápidos; el Acta de Escrutinio y Cómputo de casilla única como la fuente documental para la realización de los conteos rápidos, así como realizar la captura y transmisión de los resultados de votación al sistema informático de los conteos rápidos mediante dispositivos móviles de las casillas que conformarán la muestra.