Partidos políticos deben cumplir con paridad de género en cargos de elección popular: IEEM

Para garantizar el cumplimiento del principio de paridad e impulsar la igualdad sustantiva entre géneros, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) cuenta con el Reglamento pare el Registro de Candidaturas a los distintos cargos de Elección Popular y los Lineamientos para garantizar la postulación e integración paritaria e incluyente de los órganos de elección popular en el Estado de México.

Estos documentos establecen una serie de reglas para la postulación de candidaturas y la asignación de cargos que deben ser acatadas por los partidos políticos, las coaliciones, las candidaturas comunes, las candidaturas independientes y quienes ocupen una candidatura a un cargo de elección popular.

Ambos ordenamientos son aplicables a Diputaciones Locales por el principio de Representación Proporcional y a fórmulas de candidaturas en Ayuntamientos, por lo que los partidos políticos deben observarlas.

Tanto el Reglamento como los Lineamientos establecen que, para el caso de diputaciones e integrantes de ayuntamientos, quienes postulen candidaturas están obligados a respetar el principio de paridad de género, por lo que al menos el 50 por ciento de las postulaciones deberán ser otorgadas a mujeres.

Los Lineamientos son de consulta pública y están disponibles en el sitio web: https://www.ieem.org.mx/NORMATIVIDAD/docs/normas_ieem/lineamientos/LINEAMIENTOS_CG322000.pdf; mientras que el Reglamento se puede leer y descargar en la dirección electrónica: https://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2021/AC_21/a027_21.pdf.

Ambas regulaciones establecen los criterios y parámetros necesarios para garantizar que en las elecciones de diputaciones y ayuntamientos exista la paridad de género vertical y horizontal.