Entran en vigor más restricciones para la venta y consumo de tabaco

“México se vuelve uno de los países a la vanguardia en la protección de la salud de niños, niñas y adolescentes”, afirmó el titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), Gady Zabicky Sirot, en su mensaje por el nuevo Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.

El reglamento, publicado el 16 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) entró en vigor el día de hoy, con lo que se amplía la protección de la salud de la población, en particular de las infancias, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones, http://bit.ly/3CNXYMJ.  

Las dos principales disposiciones son la prohibición total de toda forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, incluida su exhibición en los puntos de venta, y la ampliación de la protección frente al humo y las emisiones de cualquier producto de tabaco y nicotina, informó el director de la Oficina para el Control del Tabaco de Conadic, Carlos Gámez Espinoza,

Sobre la comercialización, se establece que en los puntos de venta habrá impresa una lista textual y escrita con la descripción y los precios de los productos de tabaco de acuerdo con las características publicadas en el DOF el 13 de enero de 2023 http://bit.ly/3w1rvi6..

En cuanto a la ampliación de espacios cien por ciento libres de humo y emisiones, en los que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre.

Lugares públicos en los que está prohibido fumar
El decreto establece que quedará prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva como:
Patios
Terrazas
Balcones
Parques de diversiones
Área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes.
Parques de desarrollo urbano.
Deportivos
Playas
Centros de espectáculos y entretenimiento
Canchas, estadios, arenas
Plazas comerciales y mercados
Hoteles
Hospitales, centros de salud, clínicas médicas
Sitios o lugares de culto religioso
Lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas,
Paraderos de transporte.
En todos los accesos a los espacios 100% de humo de tabaco y emisiones será obligatorio que las personas propietarias, poseedoras, administradoras o responsables coloquen visiblemente en la entrada a dichos accesos un letrero que indique lo siguiente: “Esta prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina”.
Al respecto, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) es la garante de vigilar la correcta implementación del reglamento, así como las eventuales sanciones por su incumplimiento. Para ello, pone al servicio de la población el centro de atención en el número telefónico: 800 033 5050.
En México hay cerca de 16 millones de personas fumadoras y cada día fallecen más de 173 personas por enfermedades asociadas al tabaquismo. Las personas que desean dejar de fumar pueden llamar a la Línea de la Vida, 800 911 2000.