Avala Tribunal fallo de INE para evitar sobrerrepresentación en Cámara de Diputados

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) relacionado con los criterios que utilizará para la asignación de las diputaciones plurinominales para evitar que, como ocurrió en los comicios de 2012, 2015 y 2018, mediante un acuerdo de coalición, los partidos obtengan sobre representación en la Cámara de Diputados por arriba del 8 por ciento que permite la Constitución y que en la actual legislatura alcanzó el 15.7 por ciento..

Los magistrados consideraron que el INE no se extra limitó al establecer que la contabilización de los triunfos de mayoría relativa se realizará con base a la militancia efectiva del candidato y no por las siglas por las que contendió. Con ello, argumentaron, se evitan distorsiones al momento de asignar las diputaciones plurinominales , se tome en cuenta los triunfos reales de los partidos y no los que el convenio de coalición acordó.

El nuevo criterio del INE pretende acotar los márgenes de las coaliciones a fin de evitar que mediante estos convenios, un partido mayoritario pueda postular militantes que contiendan bajo las siglas de un partido minoritario con el objetivo de obtener mayor número de diputaciones plurinominales.

La Constitución establece que ningun partido puede contar con una sobre representación mayor al 8 por ciento de curules, con respecto a la votación obtenida en las urnas.