Cámara de Diputados interpone controversia contra Congreso tamaulipeco

Abogados de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados interpusieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una demanda de Controversia Constitucional contra el Congreso de Tamaulipas, por presuntamente invadir atribuciones exclusivas de la Cámara baja en el procedimiento de Declaración de Procedencia del gobernador de ese estado Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

La Cámara de Diputados impugnó el “acuerdo por el que se establecen las reglas del procedimiento de homologación para el ejercicio de las atribuciones que confiere al Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas el párrafo quinto del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 3 de marzo de 2021; así como los efectos y consecuencias jurídicas que deriven de su aplicación.

Dicha demanda fue signada por la diputada Dulce María Sauri Riancho, en su calidad de Presidenta de la Mesa Directiva y representante legal de la Cámara de Diputados.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer por 285 votos a favor, 77 en contra y 46 abstenciones, promover esta demanda de Controversia Constitucional en contra del Congreso de Tamaulipas, por considerar que dicho acuerdo violenta diversas disposiciones de la Constitución Política, al vulnerar la facultad exclusiva de la Cámara para declarar la procedencia en contra de servidores públicos de las entidades federativas por delitos federales.

Los diputados federales consideraron que el Congreso de Tamaulipas no puede llevar a cabo un nuevo procedimiento de declaración de procedencia, ya que ello implicaría dejar sin efecto el procedimiento substanciado ante la Cámara de Diputados, toda vez que la Constitución Política determina con mucha claridad y sin interpretación alguna, que las resoluciones emitidas en las declaraciones de procedencia son definitivas e inatacables.

En dicha demanda, se solicita que los ministros de la SCJN otorguen la suspensión del acto reclamando, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que guardan y no se aplique el respectivo acuerdo.