Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dio trámite a diversas comunicaciones
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en sesión semipresencial, dio trámite a comunicaciones de diputadas, diputado, Senado de la República, Servicio de Administración Tributaria, Órgano Interno de Control del Inegi y Congreso de la Ciudad de México.
En votación económica, el Pleno otorgó el consentimiento constitucional correspondiente para que la Cámara de Senadores, en cumplimiento de lo dispuesto en la última parte del artículo 68 de la Constitución Política, suspenda sus sesiones ordinarias por más de tres días a partir del 11 de abril y hasta el 21 de abril del año en curso.
De las diputadas de Morena, Carmen Patricia Armendáriz Guerra (Morena) y Herminia López Santiago, y del diputado Yerico Abramo Masso (PRI), se conocieron solicitudes para retirar diversas iniciativas.
El Servicio de Administración Tributaria comunicó que, de las asignaciones o donaciones de mercancías de comercio exterior que han pasado a propiedad del fisco federal o se pueden disponer legalmente de ellas, que no resultan transferibles al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, durante el mes de marzo de 2025 no realizó ninguna entrega de bienes en asignación o donación. Se envió a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.
A su vez, el Órgano Interno de Control del Inegi dio a conocer la renuncia del ciudadano Manuel Rodríguez Murillo como titular del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. El comunicado fue enviado a la Junta de Coordinación Política.
Del Congreso de la Ciudad de México se recibieron dos iniciativas. Una, adiciona un segundo párrafo al artículo 562 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, para que, tratándose de niñas, niños y adolescentes, se aplique el interés superior de la infancia y adolescencia, por lo que la pensión provisional se fijará de inmediato por la autoridad jurisdiccional. Fue turnada a la Comisión Justicia.
Otra, reforma y adiciona los artículos 90, 132, 346 y 994 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de establecer la obligatoriedad de que las personas patronas, sean físicas o morales, paguen a sus trabajadoras y trabajadores un salario base que no podrá ser menor a un salario mínimo. Se canalizó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.