Ordena INE modificar o eliminar contenido de la “mañanera” del 21 de marzo por probable difusión de propaganda gubernamental

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció
de siete medidas cautelares, cuatro por posible Violencia Política en contra de las
Mujeres en Razón de Género (VPMRG), tres por el probable uso indebido de la
pauta, actos anticipados de campaña y violación a los principios de imparcialidad y
equidad en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024, respectivamente, así
como una solicitud de prórroga de cumplimiento de medida cautelar.

Comisión ordena modificar o eliminar contenido de la “mañanera” del 21 de
marzo por probable difusión de propaganda gubernamental

El representante del Partido Acción Nacional (PAN), ante el Consejo Local de
Oaxaca, denunció al Titular del Ejecutivo Federal por las manifestaciones realizadas
en la conferencia de prensa matutina conocida como “mañanera” celebrada el 21
de marzo de 2024 pues, a decir del quejoso, se trata de propaganda gubernamental,
lo cual vulnera los artículos 41 y 134 constitucionales.

La Comisión resolvió que es procedente la medida cautelar solicitada porque, bajo
la apariencia del buen derecho, se trata de manifestaciones que podrían constituir
logros o acciones de gobierno, así como los programas sociales que se han
implementado, lo cual en esta etapa del Proceso Electoral Federal (campaña) se
encuentra prohibido por la normativa constitucional y legal.

Por esta razón el mandatario federal deberá realizar las acciones, trámites y
gestiones necesarias para eliminar o modificar los archivos de la conferencia de
fecha 21 de marzo.

Además, se consideró procedente el dictado de medidas cautelares, bajo la
vertiente de tutela preventiva, a fin de que el Presidente de la República se
abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir
comentarios, opiniones, o señalamientos relacionados con logros, acciones o
programas de gobierno, así como difundir propaganda gubernamental que no se
ubique en las excepciones constitucionales y legales.

No procede retiro de publicaciones de la red social de candidata

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció a diversos funcionarios
públicos, a una candidata a la Presidencia de la República, así como a los partidos
Morena, del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), por las
publicaciones de una conferencia de prensa en la red social X y la plataforma digital
TikTok, en la que, a decir del quejoso, contiene expresiones que podría constituir
vulneración a la veda electoral del periodo de intercampaña.

La Comisión concluyó improcedente ordenar el retiro de los materiales
denunciados, pues no se actualiza el peligro en la demora que ponga en riesgo
inminente a los principios rectores de la materia electoral debido a que actualmente
se está en la etapa de campaña, misma que inició el 1 de marzo de 2024.

Una publicación del medio “Ell otro lado del gobierno de Lerma” debe ser
retirada

Una persona presentó queja en contra del medio de comunicación denominado “Ell
otro lado del gobierno de Lerma”, derivado de la realización de dos publicaciones
en la red social Facebook, las cuales, a decir de la quejosa, son hechos constitutivos
de violencia política por razón de género, causándole una afectación.

Al respecto la Comisión concluyó que es procedente ordenar el retiro de la
publicación, porque las expresiones contenidas en ésta podrían actualizar,
preliminarmente, los tipos de violencia digital, mediática y simbólica en perjuicio de
la denunciante, mediante la utilización de expresiones sutiles, otras severas y
explicitas y, estereotipos de género.

Respecto a la publicación realizada el 18 de marzo de 2024, la Comisión consideró la improcedencia de la medida cautelar al no advertir elementos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Por lo anterior, se ordenó a Facebook que, retire del perfil denominado “Ell otro lado
del gobierno de Lerma”, la publicación realizada el 14 de marzo de 2024.

Perfil de Facebook denominado “Sintoniática Digital” tiene 24 horas para
retirar video

Una persona que solicitó la protección de sus datos personales presentó queja en
contra de Francisco Brian Rojas Cano, candidato a Diputado Federal por el Distrito
7 en el Estado de México, así como de los partidos que integran la coalición “Fuerza
y Corazón por México”, por la publicación de una transmisión en vivo en la red social
Facebook, del perfil denominado “Sintoniática Digital”, en la que se realizan
manifestaciones que la invisibilizan en el contexto de la contienda electoral 2024.

Al respecto, se ordenó a Facebook el retiro de las publicaciones en un plazo máximo
de 24 horas porque, de un análisis preliminar, las frases utilizadas invisibilizan de
manera simbólica la existencia de la denunciante y de las mujeres, en el marco del
proceso electoral 2024, pues el candidato compite contra dos candidatas, una del
partido político Movimiento Ciudadano (MC) y otra por la coalición “Sigamos
Haciendo Historia”.

Asimismo, una vez identificados a los administradores del perfil denunciado, se les
ordenará realizar todas las acciones necesarias para modificar el video que contiene
los hechos denunciados. También se negó la tutela preventiva al tratarse de hechos
futuros de realización incierta.

La publicación de “Plataforma Digital Diamante”, preliminarmente, no
constituye VPMRG

Una ciudadana indígena que solicitó la protección de sus datos personales denunció
al medio de comunicación de Oaxaca identificado como “Plataforma Digital
Diamante”, por una publicación en la red social Facebook que, a su decir,
menoscaba su imagen e invisibiliza su trayectoria política a partir de estereotipos de
género.

El colegiado determinó que es improcedente el dictado de la medida porque, de un
análisis preliminar, no se advierte que la nota denunciada contenga elementos de
apología a la violencia en contra de las mujeres, ni base para estimar que se está
ante esquemas patriarcales, misóginos o discriminatorios por razón de género, sino
que están dirigidas a cuestionar aspectos del ámbito público inmersos en el actual
Proceso Electoral Federal.

Publicaciones alojadas en medios de comunicación de Guerrero,
preliminarmente, no configuran VPMRG

Una persona que solicitó la protección de sus datos personales denunció a medios
de comunicación identificados como “CEPROVYSA”, “Guerrero al Instante”,
“Libertad Guerrero Noticias” y “Corte Informativo”, por la publicación en la red social
Facebook de dos videos que, a decir de la quejosa, contienen propaganda que
pretende denostarla y difamarla, afectando con ello su candidatura al Senado de la
República por el partido Morena.

La Comisión no advirtió que el contenido pueda constituir alguna afectación a la
esfera jurídica de la quejosa, pues desde una óptica preliminar, no se observan
elementos de género que afecten el ejercicio efectivo de sus derechos político-
electorales, sino que, se trata de una crítica severa a su actuar en el ámbito político,
de ahí la improcedencia de ordenar el retiro.

Promocional de Morena no actualiza uso indebido de la pauta

El PRD denunció al partido Morena por la difusión de tres promocionales de televisión identificados como PROPUESTAS CS MIXTO, LAS LEGISLADORAS V3 y LAS Y LOS LEGISLADORES V3, en los que, a decir del quejoso, se promueve a su candidata presidencial y a sus candidatos a senadurías y diputaciones, lo cual vulnera la normativa electoral.

La Comisión concluyó que es improcedente ordenar el retiro del promocional PROPUESTAS CS MIXTO, pues se trata del posicionamiento del partido respecto de propuestas de campaña que forman parte de la oferta electoral, sin que se transgreda la libertad de expresión o se genere confusión en la ciudadanía.

Respecto de los promocionales LAS LEGISLADORAS V3 y LAS Y LOS LEGISLADORES V3, se negó ordenar su retiro pues éstos ya no se están difundiendo, toda vez que su vigencia venció el pasado 9 de marzo del presente año.

En todos los asuntos en los que se denunció culpa in vigilando, así como uso
indebido de recursos públicos atribuibles a los involucrados, se determinó que es
un tema que analizará de fondo la Sala Regional Especializada del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).